- Ciudad
- 07.10.2015
LEGISLATURA
La Justicia ordenó a la Legislatura cumplir con la Tribuna Popular
Fue gracias a una acción de amparo presentada por la Red Interparques. A partir de ahora, cualquier ciudadano podrá efectuar planteos antes de las sesiones en la Legislatura.
La Justicia porteña instó a la Legislatura de la Ciudad a adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio inmediato de la Tribuna Popular en la Legislatura, un derecho que permite a cualquier ciudadano a efectuar planteos en forma previa a las sesiones de la Legislatura sobre temas de interés para la Ciudad.
La Sala III de la Cámara en los Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, con el voto mayoritario de los Dres. Hugo Zuleta y Gabriela Seijas, en los autos caratulados “Garcia Mauricio Hernan contra Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sobre Amparo", dictó sentencia haciendo lugar al amparo iniciado por Mauricio García (integrante de la Asamblea Interparques) y ordenó a la Legislatura de la Ciudad que adopte las medidas necesarias para garantizar el ejercicio inmediato de la Tribuna Popular regulada en los artículos 76 y 77 del Reglamento Interno de la Legislatura.
El histórico fallo fue gracias a un amparo presentado por la Red Interparques con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad por considerar que la Legislatura de la Ciudad hace más de 15 años que impide a los ciudadanos hacer ejercicio de la Tribuna Popular. Es que en 2014, la Red Interparques y Plazas realizó una fuerte campaña llamada 'Parques Sin Bares' en el marco del debate por el proyecto de ley impulsado por el PRO para la instalación de bares en parques. En ese marco, solicitaron el uso de tribuna popular pero no se les permitió y por ese motivo presentaron una acción de amparo que dio lugar a este fallo.
Este derecho se encuentra reconocido en los arts. 76 y 77[1] del Reglamento interno de la Legislatura de la Ciudad y son operativos del art. 1 de la Constitución de la Ciudad que establece la Ciudad "organiza sus instituciones autónomas como democracia participativa". La Legislatura porteña negó el ejercicio de este derecho con el argumento de que no se encontraba reglamentado y durante quince años se presentaron distintos proyectos de reglamentación que no fueron tratados ni aprobados en el recinto.
Entre los considerandos de la sentencia expresó: "El Máximo Tribunal ha reconocido a todo ciudadano una legitimación amplia para impugnar actos y normas en aquellas situaciones excepcionales en que se pone en juego la esencia de la forma republicana de gobierno. En el caso el debate involucra el alcance de instituciones constitucionales básicas, lo que no se ve disminuido porque el derecho lesionado tenga como fuente un reglamento de la Legislatura".
- SECCIÓN
- Ciudad
COMENTARIOS