INSTITUCIONAL

667 días sin Defensor del Pueblo de la Nación

Una anomalía institucional que afecta nuestros derechos.

Rafael Gentili
En septiembre de 2009, un conjunto importante de organizaciones sociales y no gubernamentales, como el CELS, ATE, la CTA, ACIJ, ADC, lanzaron la campaña “Una Defensoría del Pueblo, por el pueblo y para el pueblo” cuyo propósito era lograr que el nuevo Defensor o Defensora sea una persona de reconocida trayectoria y compromiso en la defensa de derechos, para lo cual reclamaban que se lleve a cabo un proceso de selección basado en un procedimiento abierto, transparente y participativo, en sintonía con el criterio seguido durante el gobierno de Néstor Kirchner para la selección de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En abril de ese año había renunciado su titular, Eduardo Mondino, para presentarse como candidato a senador por Córdoba, con poca fortuna. Había margen, entonces, para que la elección se llevara a cabo bajo el procedimiento propuesto, sin afectar el normal funcionamiento del organismo.

Recordemos que el Defensor del Pueblo es un órgano independiente fruto de la reforma constitucional de 1994, que funciona en el ámbito del Congreso nacional, tiene plena autonomía funcional y no recibe instrucciones de ninguna otra autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. O sea, es el máximo organismo institucional de defensa de los derechos de todos nosotros.

Es designado y removido por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras, previa selección de una Comisión Bicameral integrada por 7 diputados y 7 senadores, con una amplísima mayoría de peronistas y radicales. Dura 5 años en el cargo, con posibilidad de ser reelecto una vez (fue lo que sucedió con Mondino, que había sido designado hacia el final del gobierno de Carlos Menem).

Durante la campaña, representantes de las organizaciones impulsoras se reunieron con las autoriades de la Comisión Bicameral e incluso con el entonces vicepresidente de la Nación, Julio Cobos, quienes coincidieron en la necesidad de cubrir el cargo a la mayor brevedad. Sin embargo, la falta de acuerdo entre el oficialismo y los bloques de senadores de la UCR y del “peronismo disidente” hizo imposible que tal cosa sucediera. La solución de “emergencia” -y de dudosa constitucionalidad- que adoptó la Comisión fue prorrogar hasta diciembre de 2013 los mandatos de los Defensores Adjuntos designados en el 2004. Desde entonces a la fecha, la Defensoría es conducida por un secretario general de la planta permanente del Organismo, por resolución de la Comisión (una anomalía más), con facultades limitadas a la normal administración. El año pasado, el gobierno nacional hizo un tibio e informal intento de cubrir la vacante con Juan Manuel Abal Medina, pero no logró el acuerdo de radicales y disidentes.

Justamente, este tipo de situaciones, propias de los acuerdos de cúpulas a espaldas de la sociedad, era lo que pretendían evitar los impulsores de la campaña. Un proceso público, de cara a la sociedad, no solo permitiría debatir la agenda que debería llevar el Defensor que resultara electo, y en consecuencia, el perfil de la persona encargada de llevarla a cabo (proviniera o no de la política partidaria) sino que también reduciría el margen de acción de aquellos acostumbrados a arreglar esta designaciones dentro del toma y daca de los jefes de bloque en el Congreso, como si se tratara de una comisión o un par de contratos más.

Los efectos perniciosos de esta anomalía institucional fueron adecuadamente señalados en un Informe elaborado por un conjunto de organizaciones participantes de la Campaña (ACIJ, ADC, FARN, Poder Ciudadano e INECIP) y presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en octubre de 2014. Desde una dimensión cuantitativa del problema se observa que las resoluciones de la Defensoría pasaron de 157 en 2009 a tan solo 18 en 2014, lo cual representa una caída del 88%. Por su parte, la actividad en sede judicial también se resintió: de 16 acciones iniciadas o en las que se requirió la participación de la Defensoría en 2009 a nula actividad a partir de 2012. Desde el punto de vista cualitativo, la falta de designación de su titular, impactó en la presencia en el debate público de la principal agencia institucional de promoción y protección de derechos, incluso en asuntos en los que había tenido un alto y positivo protagonismo como ser el saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo; así como su no intervención en numerosos conflictos en torno a la violación de derechos que se dieron a lo largo y ancho del país en todos estos años, como ser la Tragedia de Once, los episodios en Catamarca y Santiago del Estero por la aplicación de la polémica “Ley antiterrorista” y los numerosos conflictos protagonizados por las comunidades mapuches en Vaca Muerta y Qom en Formosa y Chaco, para poner solo algunos ejemplos.

En síntesis, “desde el 2009 hasta la fecha la falta de designación regular de un Defensor del Pueblo se evidenció entre otros indicadores en la disminución en la actividad normativa de la institución, en la caída y actual parálisis en el ejercicio de la legitimidad procesal del Defensor, en la drástica disminución de su aparición en las discusiones públicas relevantes, así como también en la falta de proactividad de la Institución en casos que afectan gravemente los Derechos Humanos” (Informe, punto 6).

Como señala Alvaro Herrero acá “todo indica que el oficialismo en el Congreso no está interesado en integrar un organismo que puede eventualmente resultar una “molestia” para el gobierno. Esto pese al constante énfasis y promoción que el gobierno ha realizado de su compromiso con la defensa de los derechos humanos. Por su parte, pareciera que la oposición prefiere aguardar al escenario político post 2015 ya que podría asegurarle mayor poder de negociación en la designación del Defensor Titular y sus Adjuntos. Así, pesan más los cálculos políticos que la protección a los derechos humanos y el cumplimiento con el mandato constitucional” (pág. 221).

Una vez más queda en evidencia que la baja calidad institucional no es solo responsabilidad del gobierno nacional sino que compromete también a importantes representantes de las principales fuerzas opositoras, quienes mientras hacen campaña como abanderados de una cruzada en defensa de la República, supeditan los acuerdos institucionales a sus intereses particulares o de partido. Así es como llevamos 667 días sin Defensor del Pueblo. Una anomalía fruto de responsabilidades compartidas.

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