- Opinion
- 11.01.2016
LA VUELTA DE LOS EDICTOS
Los responsables del retroceso
La decisión del TSJ porteño de reintroducir la facultad policial de demorar personas que no lleven su DNI nos retrotrae a debates de los noventa. Quiénes son los jueces que firmaron el fallo.
Hagamos un poco de historia: en 1956, la Corte Suprema declaró inconstitucional que la policía legislara sobre sus propias funciones, pero el gobierno de facto ratificó los edictos policiales por un decreto ley (el 333/58, que sigue vigente). Luego fueron convertidos en ley. Tras el asesinato de Bulacio en 1991, esa norma fue modificada, pero no abolida: se redujo de 24 a 10 horas la cantidad de tiempo que podía estar detenida una persona. La denuncia por el Caso Bulacio llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en 2003 dispuso que el Estado argentino debe evitar por todos los medios que se repita un caso así. En 1998, la Legislatura porteña había eliminado los polémicos edictos policiales.
Sin tener en cuenta esto, el Tribunal Superior de Justicia porteño (el equivalente a la Corte Suprema) falló a favor de que la policía pida el DNI sin motivo y que pueda detener personas si no lo llevan. En el fallo, los jueces consideraron que era lícito que se detuviera a Lucas Vera, quien caminaba por Constitución el 14 de abril de 2014. Esta decisión judicial, a tono con la nueva época, fue repudiada por el CELS y analizada como un retroceso para los derechos civiles, algo que explica en detalles María Esperanza Casullo en esta columna de Nueva Ciudad.
Repasemos quiénes son los jueces que firmaron el fallo. En primer lugar (y no es casual) figura Ines Weinberg de Roca, la única jueza del TSJ que designó Mauricio Macri durante su paso por la jefatura de Gobierno. El nombramiento de Weinberg fue el final de un extenso y polémico camino que comenzó en 2009 cuando Macri intentó nombrar en el TSJ a Daniela Bruna Ugolini, una fiscal que le dictaminaba a favor en la mayoría de los casos.
En esa oportunidad, no intentó nombrarla por decreto. Pero sí se salteó, al decir de tres fallos judiciales, diferentes instancias institucionales para intentar asegurarse de que el pliego fuera votado antes de que la composición de la legislatura cambiara. Finalmente, el pliego no fue aprobado, pero los otros jueces del TSJ –los mismos que firman este fallo- le dieron la razón a Macri en un proceso por conflicto de poderes contra los magistrados que habían señalado irregularidades en el procedimiento.
Macri luego abolió el mecanismo de impugnaciones y publicación de los antecedentes para los jueces de la Corte porteña y mantuvo vacante el cargo en el TSJ por tres años. Al final, conoció a Weinberg de Roca en un gimnasio que los dos frecuentan en Ocampo y Avenida del Libertador y le cayó simpática. Ella era camarista del fuero contencioso administrativo y había sido parte del Tribunal Criminal Internacional en Ruanda y en la ex Yugoeslavia. Su marido, Eduardo Roca, fue embajador ante la OEA en 1966, ante Estados Unidos en 1968 y ante la ONU en 1982. Es socio vitalicio del Jockey Club, del Club de Armas y del Tenis Club, además de haber sido presidente del Rottary Club. El entonces legislador Rafael Gentilli denunció a Weinberg por haber presuntamente cobrado dos sueldos en simultáneo: uno en dólares por sus actividades en el extranjero y otro como jueza porteña, lo que no estaba permitido. Los macristas se apuraron a archivar la denuncia sin investigarla y Weinberg fue electa como jueza del TSJ.
Luis Lozano es el que firma el segundo voto a favor de devolverle facultades a la policía. Sin dudas, es el voto más fundamentado, dado que Lozano es el “cerebro” del TSJ, el equivalente porteño a Ricardo Lorenzetti. Leamos lo que escribió Lozano: “El decreto-ley n° 333/58 emplea un lenguaje amplio que debe ser interpretado conforme esta voluntad de brindar un grado de discrecionalidad acorde con el cumplimiento de los fines para los que el cuerpo fue creado (…) La competencia para requerir el documento de identidad está implícitamente reconocida a la Policía Federal en la ley siempre que su ejercicio constituya una ´actividad de seguridad’ (de prevención del delito)”. El corazón del fallo fue escrito por este juez, que preside el TSJ, y que fue secretario de Trabajo durante el gobierno de Raúl Alfonsín entre 1987 y 1988. Antes, fue director general de Asuntos Jurídicos. Al TSJ lo llevó Aníbal Ibarra. Aunque tiene una excelente relación con Macri, no se puede afirmar que Lozano sea macrista.
También de origen radical, José Casás firma el fallo. A este juez se le atribuye una relación cercana con Enrique “Coti” Nosiglia. Aunque suele firmar en consonancia con Lozano y Ana Conde, Casás tuvo una diferencia importante con el resto el año pasado que lo llevó a dimitir de la presidencia del TSJ a pocas semanas de haber sido nombrado. Fue por el aval que le dieron al voto electrónico, pese a que la oposición porteña sostenía que Macri se había salteado el aval de la Legislatura. Fiel a sus orígenes radicales, Casás hizo un renunciamiento, pero la iniciativa macrista fue avalada por el TSJ.
Por último, Ana Conde completa la mayoría macrista: fue secretaria de un juzgado en lo civil desde julio de 1976 y ascendió a jueza en 1979 y a camarista en 1984. La propuso Fernando de la Rúa y asumió en el TSJ en 1998. Haciendo un juego con su nombre, algunos magistrados le dicen “Anaconda”.
En tanto, en soledad como es habitual, la jueza Alicia Ruiz votó en contra de la decisión de los jueces, que –como afirmó el CELS- retrotrae la discusión a comienzos de los años noventa.
- AUTOR
- Werner Pertot
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