- Judiciales
- 05.04.2016
SALUD
La Justicia mantiene la cautelar por el presupuesto del Garrahan
La justicia porteña no hizo lugar al pedido efectuado por el Gobierno de la Ciudad para que se levante la medida, en la uqe se lo obliga a asignar el presupuesto previsto sin los ajustes realizados por la administración local.
Si bien el GCBA argumentó que correspondía levantar la medida ante la solución de cuestiones vinculadas a los salarios del personal que se desempeña en el Hospital “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”, en la sentencia se sostiene que la orden dictada no se circunscribe únicamente al aspecto salarial del presupuesto, y que existe una diferencia de más de 250 millones de pesos para cumplir con el aporte correspondiente al cincuenta por ciento del presupuesto requerido.
La jueza Cecilia Mólica Lourido, titular del juzgado Nº 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, dictó el pasado 15 de marzo una resolución en la cual rechazó el pedido del Gobierno porteño de levantamiento de la medida cautelar dictada en noviembre último, a fin de que le asigne al Hospital de Pediatría S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” la diferencia entre la partida que aprobada para dicho nosocomio para el año 2015 y la suma que le hubiera correspondido aprobar si se hubiese aceptado la previsión de gastos efectuado por las autoridades del centro de salud sin realizar ajustes en las asignaciones.
En el planteo, el GCBA solicitó el levantamiento de la orden, argumentando que no realizó recorte alguno a la asignación presupuestaria legalmente establecida; que, ante el reclamo salarial de los empleados del hospital, asumió el compromiso de hacer frente a los salarios correspondientes al año 2015, de conformidad con lo acordado en las paritarias del 15 de julio de ese año; y cuestionando la medida cautelar dictada por implicar “una modificación presupuestaria no prevista ni legislada”.
Frente a la solicitud expuesta, la jueza destacó que “en atención a los términos en que fue introducido por la demandada, para que proceda el levantamiento de la medida cautelar dictada el 30 de noviembre de 2015 habrá que verificar si puede tenérsela por cumplida”, aclarando que “no corresponde efectuar un nuevo estudio de las circunstancias fácticas ni de las cuestiones normativas que sustentaron el dictado de la medida cuyo levantamiento ahora se pretende”.
“En primer lugar, porque el pedido de levantamiento de una medida cautelar no es la vía idónea para cuestionar una resolución precautoria. La revisión de los hechos y argumentos que sustentaron la resolución cautelar se efectúa en el marco de un recurso de reposición o de apelación. Es decir, la revisión de la procedencia del dictado de la medida cautelar será efectuada por la Cámara de Apelaciones en oportunidad de resolver los recursos planteados por la Ciudad y por el Ministerio Público Fiscal”, expresó Mólica Lourido.
Tras la aclaración efectuada, la magistrada se centró en el análisis del cumplimiento de la medida cautelar dispuesta por el juez Francisco Ferrer en calidad de subrogante del juzgado N° 20. “De los nuevos elementos aportados por el GCBA, en principio, se puede concluir que, la demandada se habría comprometido a transferir al Hospital ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan’ fondos por la suma total de mil setenta y tres millones de pesos ($ 1.073.000.000), para el año 2015. En este contexto, más allá del referido compromiso que habría asumido el GCBA, cuyo cumplimiento no ha sido acreditado, lo cierto es que las alegaciones de la demandada y la información que se desprende de la documental aportada no resultan prima facie suficientes para tener por cumplida la medida cautelar cuyo levantamiento se requiere“, afirmó la jueza, resaltando que “aún en el caso de que se considerara acreditada la transferencia de la partida en cuestión, el monto mencionado por el GCBA a fs. 108 no permite tampoco considerar cumplida la manda cautelar”.
En la resolución, Mólica Lourido valoró que el Consejo de Administración del Garrahan elevó, tanto a Nación como Ciudad, una previsión presupuestaria para el año 2015 por 1.324.335.437 pesos, mientras que “de la documentación arrimada a la causa surge que la demandada se habría comprometido a transferir tan sólo mil setenta y tres millones de pesos ($ 1.073.000.000), por lo existiría –incluso de cumplirse el compromiso que ahora invoca el GCBA- una diferencia de doscientos cincuenta y un millones trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos treinta y siete pesos con dos centavos ($ 251.335.437,02) para cumplir con el aporte correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto requerido por el Hospital ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan'”.
Para concluir la jueza destacó que “si bien el GCBA, al momento de fundar el pedido de levantamiento que aquí se resuelve, ha argumentado en torno a la solución de cuestiones vinculadas a los salarios del personal que se desempeña en el Hospital ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan’, lo cierto es que la medida cautelar dictada no se ha circunscripto a ese aspecto del presupuesto”. “Es síntesis, el GCBA no logró acreditar el cumplimiento de la cautelar dispuesta en autos, por lo que corresponde no hacer lugar a su pedido de levantamiento“, finalizó.
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