CONTROVERTIDA DECISIÓN

La Corte limitó el derecho de huelga

El supremo tribunal acotó esa clase de medidas a las asociaciones gremiales. Argumentan que los paros también perjudican a los usuarios de bienes y servicios.



La  Corte Suprema  resolvió que el derecho de huelga sólo puede ser ej ercido por las asociaciones gremiales. En cambio, los grupos informales de trabajadores no pueden promover esa medida de fuerza. Para el tribunal la "tensión entre derechos de difícil armonización ha sido resuelta subordinando el ejercicio del derecho de huelga al cumplimiento de determinadas condiciones o recaudos. Y uno de esos recaudos es el de que la decisión de ir a la huelga sea adoptada por una asociación gremial".

El Tribunal puntualizó que la huelga es un medio de presión, para lograr que se satisfagan ciertas reclamaciones del sector laboral, que obstaculiza el normal desarrollo de las actividades de producción de bienes o de prestación de servicios. Por ende, las medidas de acción directa no solo perjudican al empleador, también afectan a los destinatarios de dichos bienes y servicios, es decir, a los consumidores o usuarios.

La sentencia firmada por   Ricardo Lorenzetti  ,  Elena Hghton  y Juan Carlos Maqueda, es a raíz de  una cau sa  promovida por Francisco Orellano, un trabajador que había sido despedido por el Correo Oficial luego de que participara en una declaración de huelga.

La controvertida resolución se ve cómo una señal favorable a la gobernabilidad, por parte del máximo tribunal de justicia hacia el gobierno de Mauricio Macri. Esto se da en medio de los fuertes cuestionamientos de Elisa Carrió hacia Lorenzetti, y en el marco de una creciente conflictividad social por la ola de despidos y los tarifazos.  

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