- Economía
- 13.06.2016
REACTIVACIÓN DEL CONSUMO
Se oficializó la devolución el 15% del IVA a los jubilados
También abarcará a beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo, y quienes perciban pensiones no contributivas nacionales en una suma mensual que no exceda del haber mínimo.
Según la ley, ese tope máximo correrá “hasta tanto el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), administración desconcentrada actuante en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, no publique la canasta básica de alimentos”. Además, en su artículo cuarto, invita “a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suscribir acuerdos con la autoridad de aplicación del presente régimen, para garantizar el alcance de los beneficios de esta ley a los sujetos que cobren prestaciones similares a las enunciadas en el artículo precedente a través de organismos de dichas jurisdicciones o, en su caso, de sus municipios”.
El proyecto del oficialismo fue convertido en ley la semana pasada en el Senado con los votos de los 61 integrantes de esa Cámara, en la que el bloque del PJ-Frente para la Victoria y el de Compromiso Federal advirtieron que la medida puede “ser motivo de controversia judicial” si los recursos para compensar la retracción de ingresos por IVA no salen de la Nación.
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