- Opinion
- 17.08.2016
OPINIÓN
Un sutil ultimátum y un breve machete
Hace apenas un año, algunos periodistas declaraban que el no respeto de las leyes nos iba a condenar al apocalipsis populista. Sin embargo, ahora que se está definiendo si se aumentarán o no las tarifas, parece haber cambiado el paradigma.
A pocos meses de la victoria de Cambiemos, el paradigma parece haber cambiado. Es razonable que los políticos oficialistas defiendan las decisiones del gobierno, aun en contra de sus propias promesas de campaña, como el aumento de tarifas frenado por la Justicia, pero asombra la vertiginosa pirueta conceptual del periodismo candorosamente definido como independiente.
Para Joaquín Morales Solá, por ejemplo, las audiencias públicas que establece la ley se deben llevar a cabo, pero sin anular los aumentos tarifarios, ya que esa anulación “sería una gran conmoción política y social”. Es decir que las audiencias deberían ser una simple formalidad.
Para Carlos Pagni, “lo que se discute más allá de la tarifas es el problema del diseño que tendrá la economía. No tenemos otra salida que pasar de ser una sociedad subsidiada a una sociedad competitiva”. La insólita oposición entre subsidios y competitividad que señala Pagni condenaría a la Comunidad Económica Europea y al mundo desarrollado en general- generoso en subsidios de todo tipo- a la ausencia de competitividad. Pero lo más notable fue su claro mensaje a la Corte: "Si la Corte decidiera imponer audiencias para fijar ese precio estaría dinamitando la política energética de aquí hacia el futuro". Respetar la ley sería, al parecer, explosivo.
Por su lado, Luis Majul citó el “sutil ultimátum del presidente a la Corte” sin que eso le haya parecido peligroso ni contrario a la independencia de la Justicia que durante tantos años ha defendido.
Como ninguno de estos periodistas parece conocer la legislación vigente, nos pareció útil ofrecerles un pequeño machete, empezando por el artículo 42 de la Constitución Nacional: “La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.”
La ley 24.065 (1991) que fija el marco regulatorio de la electricidad, establece en su art. 2: “Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios” y asegurar “que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables” y en su art. 46 fija la obligatoriedad de audiencias públicas para aumentar tarifas.
La ley 24.076 (1992) que fija el marco regulatorio de gas, establece en su art. 2: “Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores” y en su art. 46 fija también la obligatoriedad de audiencias públicas para aumentar tarifas.
La ley 25.561 “de Emergencia Pública” mencionada por Aranguren durante su presentación en el Congreso -que fue sancionada en 2002 y amablemente prorrogada por el Congreso en noviembre del 2015 pese a la oposición del PRO- establece como primer criterio a tener en cuenta en la renegociación de contratos “el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos”. La “rentabilidad de las empresas” tan invocada por el gobierno en estos meses, es el último de los criterios señalados por la ley. Además de citar la ley, el ministro Aranguren debería leerla.
No se trata, como opinan los periodistas independientes, de paradigmas insostenibles, cambios culturales o audiencias explosivas, sino de leyes. Esas cuyo no respeto, según los mismos cronistas pero en épocas tan remotas como el año pasado, nos condenaba al apocalipsis populista.
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