PARO DOCENTE

Ordenan al Gobierno porteño que no le descuente un adicional salarial a los docentes que pararon

El magistrado entendió que el descuento no fue proporcional a los días faltados, sino que fue total por lo que se puede inferir que se trata de una medida disciplinante que atenta contra el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

La Justicia porteña le ordenó al Gobierno de la ciudad que suspenda los descuentos del total del adicional salarial en concepto de estímulo, efectuado sobre los salarios de los docentes que se adhirieron a los paros de este ciclo lectivo. 

La decisión fue tomada por el juez Víctor Trionfetti, titular del juzgado N° 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, quien resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada en el marco de la causa caratulada “Unión de Trabajadores de la Educación (UTE) contra GCBA sobre Acción Meramente Declarativa”, donde se cuestionan los descuentos que sufrieron los docentes en sus salarios por haber ejercido el derecho a huelga.

En el fallo que lleva fecha del 2 de noviembre, el megistrado resolvió ordenarle al Gobierno porteño “que suspenda parcialmente la ejecutoriedad y aplicación del artículo 3 del decreto 4748/MCBA/90, así como las normas concordantes que lo modificaron y prorrogaron hasta hoy, como el decreto 1623/MCBA/07, en lo que respecta al ejercicio de la huelga del artículo 14 bis de la Constitución Nacional”.

El artículo en cuestión establece que "se perderá el derecho a la percepción del plus" establecido por decreto como asignación adicional en concepto de estímulo, "en caso de que el agente incurra en inasistencias justificadas o injustificadas, faltas de puntualidad o haga uso de licencia, franquicias o excepciones a la obligatoriedad de la asistencia”.

El magistrado sostuvo en el fallo que el Gobierno porteño "descuenta el adicional salarial completo ante un solo día de inasistencia en caso de paro" en lugar de seguir la misma lógica del salario y descontar de manera proporcional a los días no trabajados, en vez de hacerlo por la totalidad.

En este sentido, Trionfetti sostuvo que “la falta de proporcionalidad, permite inferir –en el marco de cognición limitadísima de las medidas cautelares- que el detrimento habría sido en principio ejercido fuera de los límites y condiciones razonables. […] Por otra parte, no puedo soslayar que el descuento total de la asignación parecería operar como una sanción disciplinante para el ejercicio del derecho colectivo de huelga, lo que resultaría contrario al art. 14 bis, CN y al art. 10 CCBA”. 

De este modo, el magistrado consideró que “correspondería que el descuento de la asignación, realizado o que se pudiese realizar, se efectivice en proporción a los días no trabajados”, por lo que ordenó al Gobierno porteño que “se abstenga de descontar sumas de dinero que excedan la proporcionalidad de 1 parte de 30 días del adicional salarial previsto en el decreto aludido, por la huelga docente del día dos de septiembre de 2016, y sobre aquellas medidas de autotutela colectiva que eventualmente ocurran en el ámbito de los trabajadores docentes representados por el sindicato actor hasta tanto se dicte sentencia definitiva en esta causa”, detalló el portal iJud.

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