Se reglamentó la deducción de alquileres del Impuesto a las Ganancias

Desde hoy, cada contribuyente que alquile una vivienda podrá descontar hasta el 40% de lo que paga del tributo.

Desde hoy,  cada contribuyente que alquile una vivienda podrá descontar hasta el 40% de lo que paga del tributo, con un tope equivalente de $51.967 por año (S). Tras la reforma del impuesto a las Ganancias que votó el Congreso a fin de año y (S) de ahora en más, un inquilino que paga $6000 por mes podrá deducir hasta $2400 mensuales. Quien abone un alquiler de $15.000, podrá descontar hasta $4.330 por mes. 

Para hacerlo, el inquilino deberá ingresar al Siradig, el sistema de la AFIP en el que carga su declaración jurada de Ganancias. La primera vez que informe la deducción deberá adjuntar el contrato de alquiler en un archivo PDF. Luego, cada mes, deberá cargar en el fisco los datos de la factura que sirva de comprobante de pago del alquiler: número de cuit, fecha y monto.

El titular del organismo, Alberto Abad, afirmó "No queremos perjudicar a la persona que alquila, sino blanquear al propietario y agregó que los ciudadanos "no tienen que perder la herramienta de denunciarlos" y para ello ofreció su mail personal: aabad@afip.gob.ar

Desde la agrupación Inquilinos Agrupados aseguraron que la reglamentación de esta ley “contribuirá al blanqueo del mercado de alquileres en todo el país” y convocaron a los inquilinos que pagan Ganancias a que “realicen la denuncia si el propietario les niega la factura”.

COMENTARIOS