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- 27.06.2017
COMUNA 13
La Justicia frenó la construcción de un edificio en Belgrano
La Justicia porteña hizo lugar a una medida cautelar pedida por vecinos del barrio de Belgrano, ante el inicio de una obra que prevé la edificación de un inmueble de 12 pisos en una zona habilitada para un máximo de cuatro.
El juez Guillermo Scheibler, subrogante del Juzgado Nº24 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, resolvió el viernes pasado, suspender la construcción de un edificio, en el barrio de Belgrano. El inmueble incumplía con las normas urbanísticas y de edificación, ya que excedía la superficie permitida a construir, informa Noticias Urbanas.
La obra planteaba construir 12 pisos en una zona habilitada para un máximo de cuatro, con lo cual, el magistrado dispuso la suspensión y ordenó “al GCBA que disponga lo necesario a fin de impedir la materialización de cualquier tipo de obra de construcción en el inmueble de la calle Olleros 1963/1965”.
Asimismo, Scheibler sostuvo que “en el caso que nos ocupa, la Dirección General de Interpretación Urbanística del Gobierno de la Ciudad habría aprobado —según refieren los actores— la realización de un proyecto constructivo en el inmueble, cuya superficie construida prevista excedería con creces el máximo legal”. Y señaló que “la parcela cuenta con una superficie de 774,75 m2, por lo que, en principio, el máximo de superficie construida permitida ascendería a 1007,17 m2”.
Por otra parte, ante la ubicación del cartel de obra el pasado 9 de junio, el juez expuso que el mismo “colocado en la finca anuncia una superficie proyectada de ‘7155,82 m2’”, superando los metros cuadrados autorizados por la normativa, y que sin embargo, “la altura máxima permitida por el Código de Planeamiento Urbano es de 11,25 metros, el cartel de obra anuncia 36,10 metros”.
En la causa caratulada como “Cramer, Gregorio y Otros contra GCBA sobre Impugnación de Actos Administrativos”, se había solicitado con anterioridad la documentación vinculada al caso y la misma no fue brindada. Por lo tanto, el magistrado libró “oficio reiteratorio al GCBA a los mismos fines y efectos que el ordenado precedentemente, a fin de que en el plazo de dos días remita las actuaciones administrativas, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de imponer una multa de diez mil pesos –en concepto de sanción conminatoria- por cada día de retardo contra el Gobierno de la Ciudad y en cabeza del Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad”.
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