- Sociedad
- 18.10.2017
EN 2018
Vuelven los feriados puente: El Ejecutivo promulgó la Ley
Los feriados que caigan martes y miércoles serán trasladados al lunes anterior, y los que caigan jueves o viernes, se trasladarán al lunes siguiente. Además, el Ejecutivo podrá fijar anualmente hasta tres feriados o días no laborables.
El texto aprobado en el Congreso Nacional echa por tierra el Decreto del Ejecutivo que había eliminado los feriados puente y especifica que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles "serán trasladados al día lunes anterior", en tanto que "los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente".
Por otro lado, le da al Ejecutivo la posibilidad de "fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes". Estos feriados "gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales".
De este modo, los feriados inamovibles de 2018 serán el lunes 1° de enero (Año Nuevo); lunes y martes de Carnaval; 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia); Viernes Santo; 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas); 1° de mayo (Día del Trabajo); 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo); 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano); 9 de julio (Día de la Independencia); 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
En tanto, los feriados nacionales trasladables serán los del 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes); 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín); 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) y 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).
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