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Riachuelo: la Corte dio 30 días a los gobiernos de Ciudad, Provincia y Nación para presentar un plan de saneamiento

El Máximo Tribunal afirmó que transcurridos diez años desde la sentencia que aprobó el plan de saneamiento resulta “inocultable su incumplimiento”. Larreta, Vidal y Macri tienen un mes para presentar plazos ciertos de concreción del Plan de Saneamiento Ambiental.



La Corte Suprema de Justicia (CSJN) dio un plazo de 30 días a los gobiernos de Horacio Rodríguez Larreta, María Eugenia Vidal y Mauricio Macri para que establezcan un plan de saneamiento del Riachuelo, a raíz del bajo nivel de cumplimiento constatado en el Plan de Saneamiento Ambiental (PISA), diseñado para limpiar la cuenca.

Tras la audiencia del pasado 14 de marzo -donde no se les dio lugar a los vecinos afectados-, la Corte dictó un fallo que fue divulgado a través del Centro de Información Judicial, en el que remarcó el bajo nivel de cumplimiento del plan en cuestión. En particular, advirtió dos deficiencias estructurales que persisten desde la primera audiencia, realizada hace casi 12 años. Por un lado, la “marcada debilidad institucional de Acumar”, que fue señalada por la Auditoría General de la Nación, que informó sobre de la sub ejecución presupuestaria (cercana al 41% en 2016), la falta de continuidad en la ejecución de proyectos y las fallas en el sistema de control sobre el Fondo de Compensación Ambiental. Por otro lado, la insuficiencia del sistema de medición para poder constatar el nivel de cumplimiento de la sentencia.

En relación a los objetivos puntuales del plan de remediación, la Corte señaló que el estado de avance del plan es muy lejano al de su pleno cumplimiento. Por caso, de los 1385 establecimientos industriales declarados agentes contaminantes, resta reconvertir 880. Con relación al saneamiento de basurales y limpieza de márgenes se advirtió sobre la reinserción de basurales a cielo abierto y la debilidad del sistema de recolección de residuos a cargo de los municipios.

Respecto de la relocalización de villas y asentamientos precarios, el nivel de cumplimiento del Convenio Marco de 2010 es “extremadamente bajo”. La informacion difundida por la CIJ alertó que “aun sin considerar el crecimiento poblacional, a 8 años se han terminado solamente 3992 viviendas sobre las 17771 proyectadas (es decir un 22% del total)”. Y se remarcó en particular que la liberación del camino de sirga en la Ciudad de Buenos Aires sufre un notorio retraso a la altura de la Villa 21-24.

En relación con el Plan Sanitario de Emergencia, se señaló que sigue pendiente el cumplimiento de una condición elemental referida a la confección de un mapa de riesgo sanitario ambiental. Se advirtió que de los 632 barrios a ser relevados, en el año 2017 solamente se evaluaron 37. Así, la Corte afirmó que transcurridos diez años desde la sentencia que aprobó el plan de saneamiento resulta “inocultable su incumplimiento”. Además, el Tribunal advirtió que el incumplimiento de los plazos podría comprometer las responsabilidades que la ley establece para el caso de un apartamiento de los deberes propios de la función pública.

Finalmente, el tribunal requirió que en el término de 30 días, la ACUMAR presente plazos ciertos y fundados de cumplimiento de los objetivos del Plan de Saneamiento Ambiental (PISA), teniendo en cuenta que algunos de ellos ya fueron informados por los responsables en la audiencia pública del 14 de marzo (finalización del emisario subfluvial de la planta Berazategui de 7.5 km en el año 2022; construcción y puesta en funcionamiento del Sistema Riachuelo -lotes 1, 2 y 3- en marzo de 2021; construcción y puesta en funcionamiento del Parque Industrial ACUBA y de la planta de tratamiento de sus efluentes industriales en julio de 2020; liberación total del camino de sirga de la Ciudad de Buenos Aires en el año 2019).

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