- Judiciales
- 25.01.2019
EDUCACIÓN
Triunfo de la comunidad educativa: freno judicial al traslado de la Escuela de Cerámica
Con un fallo que cuestiona duramente la falta de información y consulta previa por parte del Gobierno porteño a la comunidad educativa de la Escuela de Cerámica 1, se frena el traslado arbitrario de Almagro a Mataderos.
En plena campaña del Gobierno de la Ciudad por limpiar la imagen de la ministra de Educación, Soledad Acuña, un fallo judicial les propinó un fuerte revés. El Juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario 2, que se encuentra de turno durante la feria judicial, resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la asesora tutelar Mabel López Oliva, frenando el traslado inconsulto de la Escuela de Cerámica 1.
La medida había sido solicitada inicialmente por Eduardo López y Carlos Guerrero, de la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE), llevando a la Justicia el reclamo de toda la comunidad educativa de la Escuela de Cerámica, que rechaza el traslado de la sede de Almagro a Mataderos. Una resolución en plena feria habilitó días atrás al Gobierno de la Ciudad a avanzar con el traslado, levantando la precautelar dictada en diciembre. Pero “nuevos elementos de convicción dieron sustento a una nueva solicitud del dictado de una medida cautelar suspensiva del acto administrativo impugnado en autos, en esta ocasión formulada por el Ministerio Público Tutelar”.
El nuevo fallo, de Guillermo Scheibler, indica que en su resolución del 18 de enero último la jueza sostuvo como parte de su argumentación para denegar la cautelar solicitada, que “prima facie no existirían dudas de que los estudiantes conocen y aceptan cursar el ciclo lectivo 2019 en [la] nueva ubicación”. Sin embargo, la asesora tutelar López Oliva acompañó “actas y correos electrónicos de alrededor de medio centenar de alumnos y alumnas de la Escuela que manifiestan, por un lado que sólo habrían sido puestos en conocimiento de la mudanza con posterioridad al dictado del acto administrativo impugnado y, por el otro, que no estarían de acuerdo con tal decisión”.
El fallo del Juzgado 2, al que accedió Nueva Ciudad, resalta el derecho a la participación de la ciudadanía para dar su parecer previo a la toma de decisiones del Gobierno –aunque tal consulta no tenga carácter vinculante, como argumentó el Ejecutivo-. Y remarca que en este caso toda información y explicación sobre el traslado de la escuela se dio tras la toma de decisión, y no antes. Y señala: “Curioso concepto de ‘diálogo’ y ‘participación’ es aquel que sólo consiste en ‘comunicar’ una decisión ya formalmente tomada y plasmada en un acto administrativo y no permitir intercambiar pareceres e información con carácter previo. Más digno de aquel reino imaginario de una recordada artista que de una Administración respetuosa del marco constitucional y legal vigente en la Ciudad”. En alusión al célebre Reino del Revés de María Elena Walsh.
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