- #SUBTE
- 12.02.2019
TRANSPORTE PÚBLICO
Lo resolvió la Justicia porteña: si no funcionan la escalera o el ascensor, no se paga el boleto de subte
Así lo dispuso el juez Roberto Gallardo, en el marco de una causa que lleva más de dos años por la falta de accesibilidad en las estaciones del subterráneo. En la última recorrida se verificaron 51 medios de accesibilidad sin operatividad.
En el marco de una causa que lleva más de dos años por la falta de accesibilidad en las estaciones del subterráneo porteño, la Justicia resolvió que, cuando no funcionen las escaleras mecánicas o ascensores, los usuarios y usuarias de ese medio de transporte público no tendrán que pagar boleto. En caso de haberlo hecho, podrán pedir su reintegro.
Así lo dispuso el juez Roberto Gallardo, en el marco del expediente “Fernández Gustavo Damián y otros c/ GCBA y otros s/ otros proceso incidentales –amparo– usuarios y consumidores”, nº 769.846/2016-8, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría nº 3, tal como difundió el portal I-Judicial.
La resolución establece que se declaró incumplida la medida cautelar vigente y por lo tanto “se ha dispuesto que tod@s los usuari@s del servicio de transporte subterráneo (SUBTE) que al ingresar o egresar de una estación de la red se vean imposibilitados de hacer uso de los medios mecánicos de elevación (escaleras mecánicas, ascensores, salvaescaleras) por encontrarse éstos fuera de funcionamiento en ese momento, se encontrarán exentos de abonar la tarifa fijada para acceder al servicio regular”.
Además, la Justicia porteña ordenó a Metrovías y Sbase difundir esta resolución, fijando en cada boletería de toda la red el aviso sobre lo dispuesto, que a su vez deberá publicarse en los principales diarios de tirada nacional, tanto en papel como en sus versiones online, para dar conocimiento a usuarias y usuarios.
El fallo repasa las instancias en las que se recorrieron las estaciones de subte, en el marco de esta causa, y advierte sobre la “involución” registrada en materia de accesibilidad. La última revisión fue el pasado 7 de febrero, cuando “se verificaron 51 medios de accesibilidad sin operatividad, habiendo descontado ya los supuestos ajenos a la responsabilidad de Metrovías SA. Tal es el marco involutivo en que nos encontramos”.
En un duro fallo contra Metrovías, Gallardo concluye que “Pareciera que pese a haber transcurrido más de dos años del inicio de la causa, las decisiones jurisdiccionales, las sanciones conminatorias, las necesidades de los usuarios, y las obligaciones contractualmente asumidas por el operador del servicio de transporte, Metrovías SA resultaría desinteresada en asegurar un eficaz funcionamiento de los ascensores y de las escaleras mecánicas instaladas en las estaciones de subterráneo”.
- SECCIÓN
- #SUBTE
COMENTARIOS