- FEMINISMOS
- 08.05.2019
DESDE HOY
Con la promulgación de la ley, el acoso callejero es oficialmente un delito
La norma se publicó en el Boletín Oficial y determina una serie de medidas a tomar contra este tipo de violencia de género.
En el artículo 6 de la ley 26.485 el inciso G se pena el acoso callejero: "A los efectos de esta ley se entiende por modalidades las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos, quedando especialmente comprendidas las siguientes".
A la vez que en su inciso g, la norma indicó: "Violencia contra las mujeres en el espacio público: aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo".
Con este cambio también se habilitó una línea de teléfono gratuita para brindar contención, información y asesoramiento sobre recursos existentes en prevención de la violencia contra las mujeres, donde se incluye al acoso callejero.
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