JUDICIALES

Ordenan al GCBA que le garantice la medicación a una mujer con discapacidad

La medicación que le indicaron tiene un costo de 65 mil pesos, pero sus únicos ingresos fijos provienen de la pensión no contributiva por discapacidad y se le hace “imposible acceder a solventarla con sus propios recursos”.



La Justicia porteña falló a favor de una mujer que padece una discapacidad, ante una demanda para que se le garantice el acceso a la medicación que necesita. El Juzgado N° 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del juez Martín Converset, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la demandante.

Según consignó el portal Diario Judicial, la mujer –representada por el Ministerio Público de la Defensa- inició la acción contra el Gobierno de la Ciudad y contra la Sociedad del Estado Facturación y Cobranza de los Efectores Públicos para que se le “entregue en forma urgente la medicación adecuada para tratar la ‘poliartritis’ que padece o bien los fondos suficientes para abonar el medicamento en el sector privado”.

Por la gravedad del cuadro, la Justicia determinó que la medicación es necesaria y urgente. Según consta en la causa, la mujer se encuentra afiliada al “Programa Federal Incluir Salud” y realizó diferentes solicitudes reclamando la medicación, pero no obtuvo respuesta. Por eso decidió recurrir a la Justicia.

La medicación que le indicaron tiene un costo de 65 mil pesos, pero sus únicos ingresos fijos provienen de la pensión no contributiva por discapacidad y se le hace “imposible acceder a solventarla con sus propios recursos”.

En el dictamen, el juez a cargo de la causa señaló que “el derecho a la salud se encuentra íntimamente relacionado con el derecho a la vida y el principio de la autonomía personal”. Y, además, resaltó los tratados internacionales con jerarquía constitucional que “reconocen el derecho de todas las personas a disfrutar el más alto nivel posible de salud física y mental, así como el deber de los estados partes de procurar su satisfacción”.

El magistrado hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó a FACOEP SE que, en el ejercicio de sus competencias y en el plazo de cinco días, ponga a disposición de la amparista “la medicación Baricitinib 4 mg o Tofacitinib, o bien, le otorgue los fondos suficientes para acceder a éstos, conforme a las prescripciones médicas de los profesionales tratantes y hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.

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