SALUD

La Justicia ordenó a la Obra Social de la Ciudad cubrir el tratamiento de fertilización de una pareja sin recursos

La jueza Liberatori remarcó que la Constitución de la Ciudad reconoce a los “derechos reproductivos y sexuales” como “humanos y básicos” y ordenó a ObSBA financiar el procedimiento.



La jueza porteña en lo contencioso administrativo Elena Liberatori ordenó a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) cubrir el tratamiento de fertilización asistida pedido por una pareja sin recursos económicos para solventar ese procedimiento médico.

Así lo confirmaron a Infobae fuentes vinculadas a la causa. La orden a ObSBA es para que la mujer pueda hacer el método I.C.S.I. (Intra Citoplasmic Sperm Injection) por Ovodonación y de F.I.V. (Fecundación in Vitro), además de la eventual criopreservación, en el Centro Especializado de Reproducción (CER) del organismo.

Liberatori, quien ya había dispuesto una medida cautelar para que se garantizara la asistencia a la pareja, tomó la decisión definitiva ante la acción de amparo iniciada, que invocó los derechos contemplados en la ley 26.862 (Reproducción Médicamente Asistida).

Según el diagnóstico médico, la mujer padece un cuadro que le impide la concepción de un embarazo sin acudir a las técnicas de reproducción asistida de alta complejidad. Los médicos prescribieron el tratamiento “con semen homólogo y congelamiento de pre-embriones (incluyendo dos cánulas de criopreservación)”. ObSBA rechazó esa cobertura: la obra social argumentó su potestad legal para establecer sus propios procedimientos de acceso a los diferentes programas de salud para su universo de afiliados.

En su resolución, la jueza Liberatori ordenó la cobertura del procedimiento y destacó que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a los “derechos reproductivos y sexuales” como “humanos y básicos”.

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