MEDIO AMBIENTE

Los restaurantes deberán entregar la comida no consumida aunque el cliente no lo pida

Aprueban una ley para reducir el desperdicio de alimentos. Ahora, el Gobierno porteño deberá lanzar una campaña de difusión para concientizar que los alimentos no se deben desperdiciar.


Los bares y restaurantes de la Ciudad deberán entregar a sus clientes los alimentos pagados y no consumidos, según una ley aprobada en la Legislatura porteña. La iniciativa tiene como finalidad reducir el desperdicio de alimentos y, con ese objetivo, promueve la entrega de los mismos a los consumidores.
 
La norma establece que además de la exhibición de un cartel en los comercios con la leyenda "Sr. Consumidor: Usted tiene derecho a recibir, sin costo alguno, el producto que haya abonado y no consumido". El Poder Ejecutivo deberá lanzar una campaña de difusión para concientizar que "el alimento no se debe desperdiciar y que este es un compromiso que debemos asumir todos", informa Página 12.
 
En los fundamentos de la norma se señala que el desperdicio de alimentos es una problemática global por la cual se tiran, por año, 1300 millones de toneladas de alimentos comestibles, de acuerdo a cifras de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO). Además, advierten que la generación excesiva de residuos de alimentos provoca la emisión de gases de efecto invernadero, que producen un impacto negativo en el ambiente y aceleran los efectos del cambio climático.
 
Los autores de la norma también indicaron que "según datos de principios de 2017, de la Dirección de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos de la Secretaría de Alimentos y Bebidas del Ministerio de Agroindustria, en la Argentina se desechan 16 millones de toneladas de alimentos por año, es decir, un 12.5 por ciento de todos los alimentos que se producen en el país. Con estos datos se estima que una persona tira 38 kilos de alimento por año".
 
La normativa sancionada faculta al Ejecutivo, a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley, que será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, a realizar una amplia campaña de difusión de la misma. En ese sentido, se sostiene que "el principal obstáculo a esta iniciativa es cultural, ya que son los clientes los que no se atreven a pedir lo que sobra de su comida, y lo que sucede es que una vez servido un alimento a un cliente, el restaurante no puede reutilizarlo y las sobras se tiran a la basura".
 
Con relación a la alimentación, los legisladores también aprobaron una ley para garantizar "dos menús aptos para celíacos" (libres de gluten sin TACC) en eventos masivos que se desarrollen en la Ciudad de Buenos Aires. Los organizadores que incumplan con la obligación serán sancionados con multas que van desde las de 500 a 5.000 unidades fijas, lo que a términos actuales se traduce en sanciones que van desde $ 10.700 a $ 107.000.
 
 


COMENTARIOS