CONGRESO

¿Qué dice el proyecto para legalizar el aborto que se vota hoy en Diputados?

Finalmente ayer se firmó el dictamen con modificaciones a la iniciativa presentada por el Gobierno nacional. Qué aprobó el plenario de comisiones y qué se votará en el recinto.

Décadas de lucha vuelven a meter al aborto legal dentro del Congreso con altas probabilidades de ser aprobado. Ayer, Diputados firmó el dictamen y hoy a las 11 comenzara la votación que se espera sea de 24 horas. Las modificaciones se hicieron en pos de que el proyecto se apruebe en ambas Cámaras.

El dictamen de mayoría obtuvo 77 votos. El de minoría, de rechazo al proyecto del Ejecutivo, 30. Y hubo cuatro abstenciones. La redacción final del dictamen se consensuó en una reunión que se hizo de manera virtual el martes por la tarde, en la que participaron la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, un equipo de la Secretaría de Legal y Técnica de la Presidencia, que encabeza Vilma Ibarra –quien coordinó la redacción del proyecto--, lxs presidentxs de las cuatro comisiones que dictaminaron, la senadora Anabel Fernández Sagasti, vicepresidenta del bloque oficialista en la cámara Alta, y algunas legisladoras verdes más del oficialismo y la oposición.

Qué dice el proyecto y qué se modificó

El proyecto de ley de Regulación de la Interrupción Voluntaria de Embarazo mantiene las 14 semanas de gestación como límite. La primera gran modificación es sobre el artículo que se refiere a la objeción de conciencia en las instituciones de salud privadas y de obras sociales, que en el proyecto de la Campaña no existía.

La nueva modificación que se cerró ayer establece que en caso de que todo su personal se declare objetor, “deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación”, es decir, será su responsabilidad que se garantice la IVE en otro centro de salud. En el Gobierno aclararon que no se crea la objeción de conciencia institucional, sino que se establece cómo debe actuar un centro de salud privado o de una obra social cuando todos sus profesionales se declaran objetores.

Según consignó Página 12, los otros dos cambios al texto se refieren a la atención a menores de 16 años: por un lado se modificó la redacción pero no los requisitos para que ellas puedan accedan a la práctica; por otro, se agregó que en caso de violación, la obligación de denunciar y dar intervención al organismo de protección administrativo de derechos de cada jurisdicción, no debe obstruir el aborto ni vulnerar el derecho a la privacidad y confidencialidad de la niña o adolescente, para evitar, por ejemplo, que se difundan sus datos personales.

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