VIOLENCIA MACHISTA

Fue acusado por el femicidio de Lourdes Arangio pero lo condenaron por “abandono seguido de muerte”

La joven apareció muerta en Colegiales y una cámara de seguridad mostró el momento en que era dejada entre dos autos por Raúl Devias. Sin embargo, no fue condenado por femicidio.

María Lourdes Arangio apareció muerta en junio de 2019, envuelta en frazadas entre dos autos en el barrio porteño de Colegiales. Una cámara de seguridad develó que Raúl Antonio Devias, pareja de la joven, fue quien puso el cuerpo en ese lugar por lo que fue acusado de femicidio, lesiones leves, privación ilegítima de la libertad y abuso sexual.

Sin embargo, un fallo reciente de la justicia decidió absolverlo de esos delitos y dictarle una condena por “abandono seguido de muerte”, con una pena de seis años de prisión. Muy por debajo de la pena que enfrentaba al comienzo de la causa cuando fue procesado por el delito de "homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra su pareja y por haber mediado violencia de género", en perjuicio de la joven de 32 años y madre de dos nenas.

El nuevo fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 porteño, a cargo de los jueces Gustavo Jorge Rofrano, Gustavo Pablo Valle y Julio César Báez absolvió al “Gitano” Devías del delito de femicidio y lo condenaron sólo por el “abandono seguido de muerte” de Arangio. Los fundamentos de la sentencia, informaron fuentes judiciales, se darán a conocer el próximo martes a las 17.30, según consignó Página 12.

Parte de los argumentos utilizados por la defensa de Devias fue la autopsia que indicó una data de muerte estimada en 72 horas y el motivo del deceso fue una congestión y un edema agudo de pulmón. Su cuerpo, precisaron los especialistas, no presentaba signos de una muerte violenta.

En julio, el juez de instrucción 26, Damián Kirszenbaum, procesó a Devias por el femicidio y a un segundo detenido por "encubrimiento agravado": el vecino Gabriel Fernando Massara de 50 años, que se entregó a la Policía por haber sido quien sacó el cuerpo hasta la calle. En la resolución, el magistrado destacó que "El Gitano" tenía con Lourdes una "relación de poder basada principalmente en su adicción a las drogas, las cuales éste le proveía cuando la acogía en su casa" y que esa circunstancia le impedía a la víctima abandonar al imputado y "salir del contexto de violencia en el cual se hallaba".

Pese a esta resolución el 31 de agosto de ese año, la sala I de la Cámara del Crimen le concedió al “Gitano” el beneficio del arresto domiciliario por una infección en los pies. Actualmente, sigue detenido en esa condición. El TOC 3, en su fallo, no hizo lugar al pedido de agravamiento de las condiciones de cumplimiento de la prisión preventiva, por lo que no habrá cambios por el momento.

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