- Legislatura
- 19.08.2021
TRADICIÓN PORTEÑA
Un proyecto para que las y los vendedores ambulantes de café y té puedan trabajar legalmente en la Ciudad
El Código de Habilitaciones actualmente excluye la posibilidad de ejercer la venta de infusiones por cuenta propia de manera ambulante y obliga a realizar la actividad en ubicaciones fijas.
Hombres y mujeres que venden té, café y mate de forma ambulante en la Ciudad de Buenos Aires reclaman poder acceder a un permiso para ejercer esa actividad legalmente. Su planteo, que defiende una práctica de larga tradición en el distrito, dio lugar a un proyecto en la Legislatura porteña.
La legisladora Lucía Romano (CC-ARI), junto a la diputada nacional y precandidata Paula Oliveto y la legisladora Cecilia Ferrero, se reunieron con integrantes de la Cooperativa de Trabajo Cafeteros y Confitería de Constitución Limitada por la iniciativa presentada en la Legislatura de la Ciudad, junto a los diputados Del Gaiso, Ferrero, Reyes y Cingolani, que regula la venta ambulante de infusiones de café, té y similares en el espacio público según las modalidades establecidas en el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires.
El código actualmente excluye la posibilidad de ejercer la venta de infusiones por cuenta propia de manera ambulante y obliga a realizar la actividad en ubicaciones fijas y determinadas. La norma presentada, que nace de la idea de un grupo de hombres y mujeres que encuentran en esta actividad su sustento económico, establece que la autoridad de aplicación deberá otorgar un permiso a las unidades productivas de la economía social o cooperativas, que resulten adjudicatarias y autorizaciones individuales, que deberán estar exhibidas para que el consumidor pueda asegurarse el efectivo cumplimiento de las condiciones sanitarias e higiénicas.
Romano consideró “necesario reconocer la venta de infusiones de manera ambulante de la misma forma que ya existe para la venta de otros productos conocidos y apreciados popularmente. Por eso proponemos modificar el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires en lo referido a esta temática”. El planteo apunta a eliminar “las infusiones” del capítulo que exige que se realice esta actividad en ubicaciones fijas y determinadas, e incorporar la venta de infusiones en el capítulo que habilita la venta ambulante con elaboración o preparación para su consumo en puestos móviles como carros o triciclos que garanticen las condiciones de seguridad higiénicas y sanitarias.
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