PODER JUDICIAL

Se aprobó, en la Legislatura porteña, la implementación del juicio por jurados

Con 55 votos a favor y cuatro en contras, los y las legisladoras habilitaron la nueva modalidad. Será obligatoria para todos los delitos cuya pena de prisión sean de mínimo 20 años.

Hoy en una sesión cargada de temas polémicos, los y las legisladoras porteñas aprobaron la instauración del juicio por jurados en la Ciudad. La sanción contó con 55 votos a favor y cuatro en contra, de los bloques FIT y AyL. La nueva modalidad será obligatoria para todos aquellos delitos cuya pena de prisión sea de un mínimo de 20 años.

Según consignó Parlamentario, la nueva normativa determina que deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados todos aquellos delitos que tengan una pena mínima de ocho o más años de pena privativa de libertad. En tanto para el resto de los delitos, el acusado y su defensor podrán solicitar ser juzgados por un tribunal de jurados y, en caso de existencia de coimputados, la solicitud de uno de ellos en favor de esta modalidad automáticamente obliga a que el juicio se haga por jurados.

De acuerdo a la iniciativa, “el jurado delibera sobre la prueba, se pronuncia en relación al hecho o los hechos sometidos a su deliberación y al delito o los delitos por el cual debe responder el acusado”. De la misma manera, para integrar el jurado se requerirá: ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, y tener entre 18 y 75 años de edad; saber leer, escribir, hablar y entender plenamente el idioma nacional; gozar del pleno ejercicio de los derechos políticos; y tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la CABA.

La conformación del Jurado será de doce miembros titulares y, como mínimo, dos suplentes, quienes serán elegidos mediante un sorteo que se realizará en base a un padrón específico. En todos los casos, el panel de jurados titulares deberá quedar siempre integrado con cinco mujeres y cinco hombres.

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