- Judiciales
- 09.09.2022
SISTEMA DE RECONOCIMIENTO FACIAL
Para la Defensoría del Pueblo fue “fundamental” el fallo para “la protección de los datos personales”
La justicia porteña declaró “inconstitucional” el sistema de reconocimiento facial de prófugos del Gobierno de la Ciudad. María Rosa Muiños, titular de la Defensoría del Pueblo, la calificó como una medida “sustancial para la sociedad civil y la población en su conjunto”.
“La sentencia es fundamental para que se respete el derecho y la protección de los datos personales”, declaró María Rosa Muiños, Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, tras el fallo de la justicia porteña que declaró “inconstitucional” el sistema de reconocimiento facial de prófugos utilizado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
En esa línea, reiteró su conformidad con la decisión de la Jueza Elena Liberatori, quien resolvió declarar la inconstitucionalidad de la implementación del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) ejecutado por el Gobierno de la Ciudad desde abril del 2019.
La resolución dictada por la magistrada se produjo en el marco del amparo colectivo solicitado por el Observatorio de Derecho Informático Argentino (ODIA) y otras organizaciones defensoras de derechos humanos.
En su fallo, Liberatori exhortó supeditar la puesta en funcionamiento de este sistema a la ejecución de mecanismos de participación ciudadana y a la realización de un estudio previo relativo al impacto sobre los datos personales, como ya había advertido la Defensoría del Pueblo porteña.
“Esta sentencia es sustancial para la sociedad civil y la población en su conjunto, ya que deja supeditada la implementación del SRFP a que se cumplan con todas las medidas de control pertinente y que, de esta manera, no se convierta en un sistema abusivo para los derechos de la ciudadanía”, desarrolló Muiños.
Además, la Defensoría recalcó la imperiosa necesidad de realizar una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales, en consonancia con la guía confeccionada por la Agencia de Acceso a la Información Pública de la Nación y su par de la República Oriental del Uruguay (EIPD).
Para concluir, Muiños sostuvo que el organismo que comanda “seguirá trabajando en la supervisión del sistema de reconocimiento facial, como así también de otras técnicas de vigilancia masiva, para velar por la seguridad democrática y evitar que se vulneren los derechos y garantías de los ciudadanos y ciudadanas”.
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