- Política
- 28.06.2024
ECONOMÍA
¿Quiénes pagarán el Impuesto a las Ganancias tras la aprobación del paquete fiscal?
La reinstauración de la cuarta categoría del tributo representa que un mayor número de contribuyentes deberán abonarlo. Incluye modificaciones en el mínimo no imponible, el mecanismo de actualización Y las deducciones personales y las escalas.
Los empleados solteros sin hijos pagarán el impuesto si su remuneración bruta mensual supera los $1.800.000 (aproximadamente $1,5 millones netos), mientras que los empleados casados con hijos empezarán a pagar desde los $2.300.000 en bruto.
Los aspectos principales de la reinstauración de Ganancias, inicialmente rechazados por el Senado y luego insistidos por Diputados, incluyen modificaciones en el mínimo no imponible, el mecanismo de actualización, las deducciones personales y las escalas.
Las deducciones personales se incrementarán entre un 183,75% y un 186,65% respecto a las vigentes, con excepción de ciertos jubilados. Además, se introduce una deducción especial para eximir el aguinaldo del gravamen.
El mecanismo de actualización establece que las deducciones se ajustarán una vez al año por inflación a partir del período fiscal 2025. Las escalas entre el 5% y el 15% se incrementarán en un porcentaje inferior a la inflación registrada en el primer trimestre de 2024, que fue del 51,6%, mientras que las más altas (hasta el 35%) tendrán una actualización mayor.
La aprobación de Ganancias en Diputados, con 136 votos a favor, 116 en contra y 3 abstenciones, marca que más de un millón de empleados en relación de dependencia comenzarán a pagar el impuesto a las Ganancias.
Simultáneamente, la Cámara de Diputados dio el visto bueno a las modificaciones en Bienes Personales. La votación resultó en 134 votos a favor, 118 en contra y 3 abstenciones. Con estos cambios, el nuevo umbral del impuesto se elevará de $27 millones a $100 millones, y la deducción por la vivienda familiar se incrementará a $350 millones. Para las declaraciones juradas realizadas hasta finales de 2023, las tasas oscilarán entre 0,5% y 1,50%. Entre 2024 y 2026, solo se aplicarán dos alícuotas, comprendidas entre 1,25% y 1,50%, mientras que para 2027, la única tasa vigente será del 0,25%.
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