LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO

Apartaron a dos jueces de una causa judicial por transfóbicos: se trata de Luis Rizzi y Javier Anzoátegui

Ambos pertenecen al Tribunal Criminal 8, y Cámara Nacional de Casación Penal decidió el apartamiento ya que se “evidencia la existencia de prejuicios basados en estereotipos de género de parte de los dos jueces recusados”.

La Cámara Nacional de Casación Penal decidió apartar a los jueces Luis Rizzi y Javier Anzoátegui de la causa judicial que enfrenta Luz Aimée Díaz por considerar que no aplicaron la perspectiva de género ni respetaron su identidad de género. La decisión lleva la firma del presidente de la cámara Daniel Morin, quien respondió de esta manera al planteo de recusación por temor de imparcialidad que realizó Luciana Sánchez, la abogada a cargo de la defensa de Díaz.

Los jueces apartados forman parte del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 8 donde está la causa que enfrenta Díaz. En el expediente, nombraban a la imputada, que se define trabajadora sexual, en género masculino como “el acusado” o “imputado con tendencias homosexuales” e incluso llegaron a decir, de acuerdo a un supuesto análisis religioso, que es una persona con una “inclinación objetivamente desordenada”, según consignó Página 12.

Dentro del expediente figura también que a los jueces recusados le parecía confuso el uso del lenguaje inclusivo por parte de la abogada defensora. Además de que no está autorizado por la Real Academia Española y que “discrepaban absolutamente con la corriente ideológica denominada perspectiva de género”.

Sin embargo, desde Casación aseguraron: “Luz Aimee Díaz, imputada en este proceso, es una mujer. Así se presenta en esta causa, en la que informa que es una mujer trans y se desempeña como trabajadora sexual, y así es reconocida por la ley argentina. En efecto, de acuerdo a la Ley 26.743 de Identidad de Género, el término 'mujer' ya no es un concepto biológico sino normativo”.

También indicaron que “no somos los jueces quienes asignamos o definimos el género de las personas (…) ni mucho menos delega en el Poder Judicial esa tarea”. “La ley hace foco en la autopercepción de la identidad de género de cada persona como 'vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente', y en esa definición personal no interesan las creencias religiosas o morales de los demás. Los jueces estamos sujetos a la ley, y ésta establece que Luz Aimee Díaz es mujer porque así se autopercibe, de modo que referirse a ella como 'el acusado', o 'un imputado con tendencias homosexuales' implica desconocer el texto expreso de la Ley 26.743, a la vez que evidencia la existencia de prejuicios basados en estereotipos de género de parte de los dos jueces recusados”, indicó el fallo. Esta nueva resolución podrá utilizarse contra otros magistrados que se resisten a incorporar la perspectiva de género que se fundamenta en la Ley de Identidad de Género y tratados internacionales con rango constitucional sobre derechos de las mujeres.

El caso de Luz

Luz Aimee Díaz tiene 22 años. Una noche de 2018, Luz estaba trabajando en la calle cuando se acercan dos hombres a pedirle sus servicios y proponerle ir a un departamento. Ella accedió, entró al cuarto, realizó el servicio sexual y se retiró del lugar quince minutos después. Sin embargo, dos meses después, el calvario.

"El caso de Luz viene de julio del 2018, a ella la detienen en la parada donde laburaba, dos meses después de que se comete el delito que se le pretende imputar. La llevan detenida, nadie entendía por qué la estaban llevando, creíamos que era algo contravencional y que estaba relacionado con su ser trabajadora sexual", explica a Filo.News Lucia Fuster Pravato, profesora del secundario travesti Mocha Celis y acompañanten junto a un equipo interdiciplinario de Luz en esta complicada situación.

Luego se supo que minutos antes de entrar al departamento, estos dos señores habían maniatado, golpeado y ultrajado a un hombre homosexual de 50 años que fue encontrado semi consciente tres días después, quien sobrevivió al ataque aunque gravemente herido. La presencia de Luz en el lugar fue prueba suficiente para el Poder Judicial.

"A los dos tipos esos nadie los busca. Le tiraron todo el fardo a Luz como si fuera autora intelectual de este acto violento. Lo que estamos tratando de presentar es que tanto el señor como Luz están siendo víctimas de un doble crimen de odio. A él lo cagaron a trompadas por marica y a ella le tiran la causa solo por ser trava. La fiscalia no investigó más, no propuso más hipótesis, no buscó más pruebas. Para ellos es Luz la culpable por ser travesti y estar en la escena del crímen", agrega Fuster Pravato.

"Es un crimen de pena de muere en la vida de una travesti, teniendo en cuenta que tienen una expectativa tan corta", sostiene con angustia Lucia. Luz pasó un año detenida en Ezeiza hasta que lograron la prisión domiciliaria en el Hotel Gondolín debido a que casi está ciega. "Se logró la prisión domiciliaria porque después de insistir entendieron que perjudicaba a su salud y no había justificación. Ella tiene la visión nula de un ojo y ve muy poco del otro por un acto de violencia transforbica que sufrio siendo una niña, cuando tenia 13 años en Salta y empezaba a prostituirse. Luz nunca fue un sujeto de derecho para el Estado pero ahora sí es sujeto de impuación de un delito, es una locura", expresa preocupada Fuster Pravato.

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